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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

ECLI:EU:T:2003:308

ECLI: ECLI:EU:T:2003:308Entscheidung vom: 20.11.2003

«Funcionarios – Agentes del Banco Central Europeo – Retribución – Método de cálculo para el ajuste anual de las retribuciones – Consulta al Comité de personal – Artículos 13, 45 y 46 de las condiciones de contratación» Sumario de la sentencia 1.. Funcionarios – Agentes del Banco Central Europeo – Retribución – Ajuste anual de las retribuciones – Consulta al Comité de personal – Obligación de la Administración (Condiciones de contratación del personal del Banco Central Europeo, arts. 45 y 46) 2.. Funcionarios – Agentes del Banco Central Europeo – Representación – Comité de personal – Consulta obligatoria – Razón de ser (Condiciones de contratación del personal del Banco Central Europeo, art. 46) 3.. Funcionarios – Agentes del Banco Central Europeo – Retribución – Método de cálculo para el ajuste anual de las retribuciones – Criterios – Facultad de apreciación de la Administración – Control jurisdiccional – Límites (Condiciones de contratación del personal del Banco Central Europeo, art. 13) 4.. Funcionarios – Agentes del Banco Central Europeo – Recursos – Objeto – Orden conminatoria dirigida a la Administración – Inadmisibilidad – Controversia de carácter financiero – Competencia jurisdiccional plena (Condiciones de contratación del personal del Banco Central Europeo, art. 42) SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Tercera)de 20 de noviembre de 2003 (1) «Funcionarios – Agentes del Banco Central Europeo – Retribución – Método de cálculo para el ajuste anual de las retribuciones – Consulta al Comité de personal – Artículos 13, 45 y 46 de las condiciones de contratación» partes demandantes, contra parte demandada, EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (Sala Tercera), dicta la siguiente En virtud de todo lo expuesto, EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Tercera) Azizi Jaeger Forwood El Secretario El Presidente H. Jung J. Azizi 1 – Lengua de procedimiento: alemán.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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