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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

ECLI:EU:T:2003:280

ECLI: ECLI:EU:T:2003:280Entscheidung vom: 22.10.2003

«Marca comunitaria – Procedimiento de oposición – Marca comunitaria anterior ASTERIX – Solicitud de marca comunitaria figurativa que comprende el término starix – Motivos de denegación relativos – Artículo 8, apartados 1, letra b), y 5, del Reglamento (CE) nº 40/94» Sumario de la sentencia 1.. Marca comunitaria – Definición y adquisición de la marca comunitaria – Motivos de denegación relativos – Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares – Riesgo de confusión con la marca anterior – Marca denominativa ASTERIX y marca figurativa formada por el elemento denominativo starix con elementos gráficos [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] 2.. Marca comunitaria – Definición y adquisición de la marca comunitaria – Motivos de denegación relativos – Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares – Riesgo de confusión con la marca anterior – Renombre de la marca anterior – Relevancia [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] 3.. Marca comunitaria – Procedimiento de recurso – Recurso ante el juez comunitario – Competencia del Tribunal de Primera Instancia – Control de la legalidad de las resoluciones de las Salas de Recurso con respecto a las cuestiones de Derecho planteadas ante ellas [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 63] SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Cuarta)de 22 de octubre de 2003 (1) «Marca comunitaria – Procedimiento de oposición – Marca comunitaria anterior ASTERIX – Solicitud de marca comunitaria figurativa que comprende el término starix – Motivos de denegación relativos – Artículo 8, apartados 1, letra b), y 5, del Reglamento (CE) nº 40/94» parte demandante, contra parte demandada, EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (Sala Cuarta), habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 14 de mayo de 2003; dicta la siguiente En virtud de todo lo expuesto, EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Cuarta) Tiili Mengozzi Vilaras El Secretario La Presidenta H. Jung V. Tiili 1 – Lengua de procedimiento: alemán.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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