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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

ECLI:EU:T:2009:376

ECLI: ECLI:EU:T:2009:376Entscheidung vom: 30.09.2009

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 30 de septiembre de 2009 — JOOP!/OAMI (Representación de un signo de exclamación en un rectángulo) (Asunto T‑191/08) «Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria figurativa que representa un signo de exclamación en un rectángulo — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Falta de carácter distintivo adquirido como consecuencia del uso — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), y apartado 3, del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letras b) y c), y apartado 3, del Reglamento (CE) nº 207/2009]» Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Excepción — Adquisición del carácter distintivo como consecuencia del uso [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, aps. 1, letra b), y 3] (véanse los apartados 25 a 30 y 42 a 47) Objeto Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 6 de marzo de 2008 (asunto R 1822/2007-1) relativa a una solicitud de registro como marca comunitaria de un signo figurativo. Datos relativos al asunto Solicitante de la marca comunitaria: JOOP! GmbH Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa que representa un signo de exclamación en un rectángulo para productos de las clases 14, 18 y 25 — Solicitud nº 5.332.176 Resolución del examinador: Denegación del registro Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso Fallo 1) Desestimar el recurso. 2) Condenar en costas a JOOP! GmbH.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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