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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

Régimen lingüístico - Convocatoria de concurso para la selección de administradores y asistentes - Publicación en tres lenguas oficiales - Correcciones - Publicación en todas las lenguas oficiales - Elección de la segunda lengua entre tres lenguas - Reglamento nº 1 - Artículos 27, 28 y 29, apartado 1, del Estatuto - Artículo 1, apartados 1 y 2, del Anexo III al Estatuto - Obligación de motivación - Principio de no discriminación - Desviación de poder

ECLI: ECLI:EU:T:2010:393Entscheidung vom: 13.09.2010

Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de septiembre de 2010 — Italia/Comisión (Asuntos acumulados T‑166/07 y T‑285/07) «Régimen lingüístico — Convocatoria de concurso para la selección de administradores y asistentes — Publicación en tres lenguas oficiales — Correcciones — Publicación en todas las lenguas oficiales — Elección de la segunda lengua entre tres lenguas — Reglamento nº 1 — Artículos 27, 28 y 29, apartado 1, del Estatuto — Artículo 1, apartados 1 y 2, del anexo III al Estatuto — Obligación de motivación — Principio de no discriminación — Desviación de poder» 1.                     Comunidades Europeas — Régimen lingüístico — Reglamento nº 1 — Ámbito de aplicación (Reglamento nº 1 del Consejo) (véanse los apartados 52 a 54) 2.                     Comunidades Europeas — Régimen lingüístico — Existencia de un principio general que consagra el derecho de todo ciudadano a que se redacte en su lengua cualquier acto que pueda afectar a sus intereses — Inexistencia (Reglamento nº 1 del Consejo) (véase el apartado 73) 3.                     Funcionarios — Concurso — Convocatoria de concurso — Publicación en el Diario Oficial únicamente en algunas lenguas oficiales (véanse los apartados 77 a 85) 4.                     Funcionarios — Concurso — Convocatoria de concurso — Publicación íntegra en el Diario Oficial únicamente en algunas lenguas oficiales (véanse los apartados 91, 93 y 94) 5.                     Funcionarios — Principios — Protección de la confianza legítima — Requisitos (véanse los apartados 110 a 112) Objeto Anulación de las convocatorias de los concursos generales EPSO/AD/94/07, para la constitución de una reserva de personal seleccionado como administradores (AD 5) en el sector de la información, de la comunicación y de los medios audiovisuales (DO 2007, C 45 A, p. 3), EPSO/AST/37/07, para la constitución de una reserva de personal seleccionado como asistentes (AST 3) en el sector de la comunicación y de la información (DO 2007, C 45 A, p. 15), y EPSO/AD/95/07 para la constitución de una reserva de personal seleccionado como administradores (AD 5) en el ámbito de las ciencias de la información (biblioteconomía/documentación) (DO 2007, C 103 A, p. 7). Fallo 1) Desestimar los recursos. 2) La República Italiana cargará con sus propias costas y con aquellas en las que haya incurrido la Comisión Europea. 3) La República de Lituania y la República Helénica cargarán con sus propias costas.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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