Zum Inhalt springen

EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

FEOGA — Sección “Garantía” — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Correcciones financieras — Frutas y hortalizas — Almacenamiento público de carne de bovino

ECLI: ECLI:EU:T:2012:69Entscheidung vom: 14.02.2012

Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 14 de febrero de 2012 —Italia/Comisión (Asunto T‑267/06) «FEOGA — Sección “Garantía” — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Correcciones financieras — Frutas y hortalizas — Almacenamiento público de carne de bovino» 1.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba — Reparto entre la Comisión y el Estado miembro [Reglamentos del Consejo (CEE) nº 729/70 y (CE) nº 1258/1999] (véanse los apartados 31, 72 y 94 a 97) 2.                     Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 35 a 38 y 78) 3.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria — Introducción de una modulación de la no asunción de los gastos en función del riesgo creado para el FEOGA por la gravedad de la omisión imputable a las autoridades nacionales de control — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba (véase el apartado 42) 4.                     Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Procedimiento de liquidación de cuentas — Procedimiento de conciliación — Dictamen del órgano de conciliación — Inexistencia de efectos obligatorios (véase el apartado 45) 5.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — Limitación de la facultad de denegar la financiación — Plazo de veinticuatro meses — Inicio del cómputo — Comunicación por la Comisión de los resultados de las verificaciones — Contenido [Reglamentos del Consejo (CEE) nº 729/70, art. 5, ap. 2, letra c), y (CE) nº 1258/1999, art. 7, ap. 4, párr. 5; Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, art. 8, ap. 1] (véanse los apartados 50 a 52) Objeto Anulación parcial de la Decisión 2006/554/CE de la Comisión, de 27 de julio de 2006, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), sección «Garantía» (DO L 218, p. 12), en la medida en que excluye determinados gastos efectuados por la República Italiana en los sectores de las frutas y hortalizas y del almacenamiento público de carne de bovino. Fallo 1) Desestimar el recurso. 2) La República Italiana cargará con sus propias costas y con aquellas en las que haya incurrido la Comisión Europea.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

ČeštinaΕλληνικάEnglishEspañolFrançaisItalianoNederlandsPolskiPortuguêsRomână