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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

Ayudas de Estado - Precio de venta de un terreno - Decisión por la que se declara una ayuda incompatible con el mercado común y se ordena su recuperación - Criterio del inversor privado - Determinación del precio de mercado.

ECLI: ECLI:EU:T:2011:732Entscheidung vom: 13.12.2011

Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 13 de diciembre de 2011 — Konsum Nord/Comisión (Asunto T‑244/08) «Ayudas de Estado — Precio de venta de un terreno — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado común y se ordena su recuperación — Criterio del inversor privado — Determinación del precio de mercado» 1.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter jurídico — Interpretación partiendo de elementos objetivos — Control jurisdiccional — Alcance (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 37 y 38) 2.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación a la luz de todos los aspectos pertinentes de la operación controvertida y de su contexto — Venta de un terreno como parte de un conjunto de operaciones relacionadas y destinadas a permitir la ejecución de un plan de urbanismo (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 56 a 58) 3.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación según el criterio del inversor privado — Apreciación a la luz de todos los aspectos pertinentes de la operación controvertida y de su contexto — Venta de un terreno por una autoridad pública a un particular a pesar de que existe una oferta por un precio más elevado — Comparabilidad de las dos ofertas — Criterios de apreciación (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 61 a 63, 65, 72 y 76) Objeto Recurso de anulación de la Decisión 2008/366/CE de la Comisión, de 30 de enero de 2008, relativa a la ayuda estatal C 35/06 (ex NN 37/06) concedida por Suecia en favor de Konsum Jämtland ekonomisk förening (DO L 126, p. 3). Fallo 1) Anular la Decisión 2008/366/CE de la Comisión, de 30 de enero de 2008, relativa a la ayuda estatal C 35/06 (ex NN 37/06) concedida por Suecia en favor de Konsum Jämtland ekonomisk förening. 2) La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las de Konsum Jämtland ekonomisk förening.

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Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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