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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

Competencia - Prácticas colusorias - Peróxido de hidrógeno y perborato sódico - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE - Duración de la infracción - Concepto de "acuerdo" y de "práctica concertada" - Acceso al expediente - Multas - Igualdad de trato - Comunicación sobre la cooperación - Obligación de motivación.

ECLI: ECLI:EU:T:2011:280Entscheidung vom: 16.06.2011

Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta ampliada) de 16 de junio de 2011 — Solvay Solexis/Comisión (Asunto T‑195/06) «Competencia — Prácticas colusorias — Peróxido de hidrógeno y perborato sódico — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE — Duración de la infracción — Concepto de “acuerdo” y de “práctica concertada” — Acceso al expediente — Multas — Igualdad de trato — Comunicación sobre la cooperación — Obligación de motivación» 1.                     Competencia — Prácticas colusorias — Acuerdos entre empresas — Concepto — Concurso de voluntades sobre el comportamiento que debe adoptarse en el mercado — Inclusión — Prosecución de las negociaciones sobre determinados aspectos de la restricción — Irrelevancia (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 55, 56, 98 y 100) 2.                     Competencia — Prácticas colusorias — Práctica concertada — Concepto — Intercambio de información en el marco de una práctica colusoria o con vistas a su preparación — Toma en consideración de la información intercambiada — Presunción — Requisitos (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 57 a 59, 102, 103 y 116) 3.                     Competencia — Prácticas colusorias — Infracción compleja que presenta elementos de acuerdo y elementos de práctica concertada — Calificación única como «acuerdo y/o práctica concertada» — Procedencia (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 60 a 62 y 81) 4.                     Competencia — Prácticas colusorias — Perjuicio para la competencia — Criterios de apreciación — Objeto contrario a la competencia — Comprobación suficiente (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 113, 118 y 157) 5.                     Competencia — Prácticas colusorias — Prohibición — Prácticas colusorias que prolongan sus efectos después de haber cesado formalmente — Aplicación del artículo 81 CE (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 124 y 125) 6.                     Competencia — Prácticas colusorias — Prueba — Indicios aportados por la Comisión — Participación en reuniones cuyo objeto es contrario a la competencia — Obligaciones en materia de prueba de las empresas que niegan el carácter ilícito de algunas de esas reuniones (Art. 81 CE, ap. 1) (véase el apartado 131) 7.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Respeto del derecho de defensa — Acceso al expediente — Alcance — Falta de comunicación de un documento — Consecuencias — Necesidad de distinguir entre las pruebas de cargo y de descargo en el ámbito de la carga de la prueba que incumbe a la empresa afectada [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 27, ap. 2] (véanse los apartados 146 a 149) 8.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión — Obligación de motivación — Alcance — Obligación de la Comisión de tomar posición sobre documentos que no contienen pruebas de descargo — Inexistencia (Arts. 81 CE y 253 CE) (véase el apartado 159) 9.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Respeto del derecho de defensa — Comunicación de las respuestas al pliego de cargos — Requisitos — Límites (Art. 81 CE) (véanse los apartados 167 a 171, 173, 176 y 178 a 181) 10.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Infracción única y continuada — Toma en consideración de las variaciones en la intensidad de las conductas infractoras [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 3] (véanse los apartados 191 a 210) 11.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Obligación de tener en cuenta las repercusiones concretas en el mercado — Alcance [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 1 A] (véanse los apartados 195 a 197) 12.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Clasificación de las empresas implicadas en categorías que tienen un punto de partida específico — Procedencia — Requisitos — Control jurisdiccional [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véanse los apartados 220 y 221) 13.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Circunstancias atenuantes — Función pasiva o subordinada de la empresa — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 3, primer guión] (véanse los apartados 241 a 243, 252 y 268) 14.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Circunstancias atenuantes — Conducta que se aparta de la acordada en el marco de las prácticas colusorias — Apreciación [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 3] (véanse los apartados 269 y 271 a 272) 15.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Consideración de la cooperación de la empresa inculpada con la Comisión fuera del marco establecido por la Comunicación sobre la cooperación — Requisitos — Límites [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 3, y 2002/C 45/03, punto 23, letra b), párr. 3] (véanse los apartados 283 y 285) 16.                     Competencia — Multas — Decisión por la que se imponen multas — Obligación de motivación — Alcance — Indicación de los criterios de apreciación que permitieron a la Comisión determinar la gravedad y la duración de la infracción [Art. 253 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 3] (véanse los apartados 297 y 299) 17.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Carácter disuasorio — Criterios de determinación del coeficiente disuasorio [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión] (véanse los apartados 305 a 306) 18.                     Competencia — Normas comunitarias — Infracciones — Imputación — Transmisión de una rama de actividad — Persona jurídica responsable de la explotación de la empresa cuando se cometió la infracción (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 308 y 310) Objeto Por una parte, una pretensión de anulación parcial de la Decisión C(2006) 1766 final de la Comisión, de 3 de mayo de 2006, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 81 [CE] y del artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/F/38.620 — Peróxido de hidrógeno y perborato), y, por otra parte, una pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a la demandante. Fallo 1) Desestimar el recurso. 2) Condenar en costas a Solvay Solexis SpA.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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