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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

Productos fitosanitarios — Sustancia activa difenilamina — No inclusión en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE — Retirada de las autorizaciones de productos fitosanitarios que contienen dicha sustancia — Recurso de anulación — Legitimación — Admisibilidad — Proporcionalidad — Artículo 6, apartado 1, de la Directiva 91/414 — Derecho de defensa — Artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1095/2007

ECLI: ECLI:EU:T:2012:18Entscheidung vom: 19.01.2012

Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 19 de enero de 2012 —Xeda International y Pace International/Comisión (Asunto T‑71/10) «Productos fitosanitarios — Sustancia activa difenilamina — No inclusión en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE — Retirada de las autorizaciones de productos fitosanitarios que contienen dicha sustancia — Recurso de anulación — Legitimación — Admisibilidad — Proporcionalidad — Artículo 6, apartado 1, de la Directiva 91/414 — Derecho de defensa — Artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1095/2007» 1.                     Agricultura — Aproximación de las legislaciones — Comercialización de productos fitosanitarios — Directiva 91/414/CEE — Procedimiento de inclusión de sustancias activas de dichos productos en el anexo I de la citada Directiva — Facultad de apreciación de la Comisión — Control jurisdiccional — Alcance (Directiva 91/414/CE del Consejo, anexo I) (véanse los apartados 69 a 71) 2.                     Agricultura — Aproximación de las legislaciones — Comercialización de productos fitosanitarios — Directiva 91/414/CEE — Procedimiento de inclusión de sustancias activas de dichos productos en el anexo I de la citada Directiva — Subsistencia de dudas científicas sobre la existencia de riesgos para la salud humana o sobre su alcance — Aplicación del principio de cautela — Alcance — Límites [Art. 174 CE, ap. 2; Directiva 91/414/CEE del Consejo, art. 5, ap. 1, letra b), y anexo I] (véanse los apartados 74 a 76) 3.                     Agricultura — Política agrícola común — Evaluación científica de los riesgos — Exigencia relativa a un alto nivel de protección de la salud — Alcance (Art. 152 CE, ap. 1, párr. 1) (véanse los apartados 77 a 78) 4.                     Agricultura — Aproximación de las legislaciones — Comercialización de productos fitosanitarios — Directiva 91/414/CEE — Decisión de la Comisión relativa a la no inclusión de una sustancia activa en el anexo I de dicha Directiva — Falta de información suficiente para concluir que no existen riesgos — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia (Directiva 91/414/CEE del Consejo, art. 5, ap. 1, y anexo I) (véanse los apartados 126 a 128, 132 y 137) Objeto Recurso de anulación de la Decisión 2009/859/CE de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la no inclusión de la difenilamina en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y a la retirada de las autorizaciones de productos fitosanitarios que contengan dicha sustancia (DO L 314, p. 79). Fallo 1) Desestimar el recurso. 2) Xeda International SA y Pace International LLC cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, incluyendo las costas correspondientes a los procedimientos sobre medidas provisionales.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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