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EU-Rechtsprechung · Gericht der Europäischen Union

Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria figurativa A+ - Marca comunitaria denominativa anterior AirPlus International - Motivos de denegación relativos - Inexistencia de riesgo de confusión - Inexistencia de similitud entre los signos - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Artículo 8, apartado 1, letra b), y apartado 5, artículos 73, 74 y 79 del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), y apartado 5, artículos 75, 76 y 83 del Reglamento (CE) nº 207/2009].

ECLI: ECLI:EU:T:2010:64Entscheidung vom: 03.03.2010

Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 3 de marzo de 2010 — Lufthansa AirPlus Servicekarten/OAMI — Applus Servicios Tecnológicos (A+) (Asunto T‑321/07) «Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa A+ — Marca comunitaria denominativa anterior AirPlus International — Motivos de denegación relativos — Inexistencia de riesgo de confusión — Inexistencia de similitud entre los signos — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Artículo 8, apartado 1, letra b), y apartado 5, artículos 73, 74 y 79 del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), y apartado 5, artículos 75, 76 y 83 del Reglamento (CE) nº 207/2009]» Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 30 y 43) Objeto Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 7 de junio de 2007 (asunto R 310/2006-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Lufthansa AirPlus Servicekarten GmbH y Applus Servicios Tecnológicos, S.L. Datos relativos al asunto Solicitante de la marca comunitaria: Applus Servicios Tecnológicos, S.L. Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa A+ para productos y servicios de las clases 9, 35, 36, 37, 40, 41 y 42 — Solicitud nº 2.933.356 Titular de la marca o del signo invocados en oposición: Lufthansa AirPlus Servicekarten GmbH Marca o signo invocados en oposición: Marca denominativa comunitaria AirPlus International para productos y servicios de las clases 9, 35, 36 y 42 Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso Fallo 1) Desestimar el recurso. 2) Condenar a Lufthansa AirPlus Servicekarten GmbH a cargar con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI). 3) Applus Servicios Tecnológicos, S.L., cargará con sus propias costas.

Amtliche Sprachfassungen

Diese Entscheidung liegt in folgenden Amtssprachen der Union vor — alle gleichermaßen verbindlich.

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